El objetivo de la medida es facilitar la exhibición de precios y dinamizar el comercio para otorgar mayor libertad para competir, y brindar a los consumidores más opciones a la hora de elegir productos y servicios.
La Secretaría de Industria y Comercio, bajo la órbita el Ministerio de Economía, estableció una nueva disposición normativa que permite la exhibición de precios de bienes y servicios ofrecidos al público “en dólares o en otra moneda extranjera”.
Lo hizo a través de la Resolución 4/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial y en la que detalla que el objetivo principal es buscar una “mayor transparencia y claridad para los consumidores, adaptándose a las nuevas prácticas comerciales y al contexto monetario actual”.
La normativa destaca que si bien es “obligatorio” mostrar los precios en pesos, se pueden incluir valores “en dólares u otras monedas, con una menor relevancia”.
La norma también prevé que los establecimientos comerciales deben indicar el precio por unidad de medida, y que el precio de góndola coincida con el que se cobra en líneas de cajas. “En caso de que la compra se efectúe a través de financiación, corresponderá que se indique el precio de contado, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, así como el costo financiero total efectivo anual (CFTEA)”, señala el comunicado oficial.
Agrega que quienes ofrezcan directamente al público servicios que sean prestados desde, hacia y en el exterior podrán dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución, exhibiendo y publicitando los precios de los mismos en dólares.