El homicidio de Alexis Baciocchi ¿fue evitable?. Si bien la imputada Florencia Mansilla nunca había denunciado la traumática relación que los unía, si había acudido a la secretaría de la Mujer municipal y Salud Mental conocía su estado clínico.
El procesamiento a Florencia Eliana Mansilla por el homicidio simple de Alexis Baciocchi tiene como uno de sus principales fundamentos que las presuntas situaciones de “acoso” no fueron denunciadas por la imputada ante la Justicia, pero si hubo algunos pedidos de auxilio que no tuvieron una respuesta concreta desde otros organismos del Estado.
En marzo del 2020 Mansilla se presentó ante la Secretaría de la Mujer del municipio de Río Grande de donde la única respuesta que se llevó fue la provisión de un plan Alimentar. Incluso por esta intervención una de las testigos en la causa durante la instrucción fue la propia secretaria Alejandra Arce, quien detalló lo actuado.
Ante esto en el auto de procesamiento la Justicia emitió un oficio a este organismo demandándole instar la denuncia penal cuando aparecen casos de este tipo. En ese sentido se le recordó el artículo 6 de la Ley 1022; “deberán denunciar los servicio asistenciales cuando las víctimas estuvieran impedidas por condiciones psicológicas o físicas”, ante el claro estado de vulnerabilidad que por ese entonces evidenciaba la propia Mansilla.
Piden a Salud Mental establecer un área de internación
Asimismo un segundo oficio emitido por la jueza Cecilia Cataldo apunta al ministerio de Salud de la provincia y a la dirección del Hospital Regional Río Grande en cuanto al servicio de Salud Mental.
En la historia clínica de la imputada Mansilla aparecían claros indicios de tendencias suicidas así como trastornos de personalidad que permitían presagiar un final trágico de estas características.
El procesamiento conmina a las autoridades en el marco del artículo 20 de la ley 26657 -de Salud Mental- a implementar la “internación involuntaria por riesgo inminente”, cuestión que se evidenciaba desde que Mansilla era menor de edad.