La doctora Lilian Herráez, jueza Federal, hizo lugar al amparo colectivo presentado por el intendente Gustavo Melella como titular del Municipio de Río Grande, con el respaldo de diversas instituciones y la firma de más de 26 mil vecinos de la ciudad. De esta manera ordenó a Camuzzi Gas del Sur a suspender el aumento y volver a facturar con valores anteriores a la vigencia de la resolución de Energía que aplicó la suba. Melella destacó el acompañamiento de los vecinos que tuvo el amparo colectivo.
“Se que se está trabajando desde muchos sectores para evaluar las consecuencias del aumento, que para nosotros es injusto . Es una alegría el poder haber logrado que el impacto no sea negativo para los vecinos de la ciudad”, dijo.
“En la resolución se ordena suspender y se ordena a Camuzzi a refacturar con los índices anteriores. Por lo que creo que en las últimas horas va a ser comunicada la empresa y el Gobierno nacional. Es un primer paso, es un camino judicial, que hoy es a favor nuestro. Lo que esperamos que esto siga en este sentido, siempre por la vía del diálogo y el consenso con el Estado nacional”, afirmó el Jefe Comunal.
El Intendente Melella destacó la participación de los vecinos. “La movilización de los vecinos ayuda mucho a ver el impacto de una medida, si la medida no fuera negativa la gente no se moviliza, por eso creo que la movilización de la gente es ante la realidad de un tarifazo injusto que golpea y mucho,. Sobre todo en nuestra ciudad que después de esto viene el impacto de la energía eléctrica, por lo que es doble el impacto”.
Además confirmó que “estamos recibiendo consultas y pedidos de vecinos de Ushuaia por lo que estamos analizando con nuestros asesores legales cómo invitar en esto a la provincia para que todos los fueguinos estén comprendidos”.
“La ciudad se puso en conjunto al frente de esto, los vecinos, el Municipio, los Concejales, el diputado Martínez, entidades como la Cámara de Río Grande, la UTN, diversas instituciones.
La Resolución dice:
1.- Admitir el trámite de amparo, por las consideraciones precedentes (art. 1 y ccts. Ley 16.986), ordenando a las demandadas evacuen el informe previsto en el artículo 8 en un plazo de diez días de notificada la presente.
2.- Requerir al Estado Nacional, Ministerio de Energía y Minería, al Enargas y a la empresa Camuzzi Gas del Sur S.A., que en el término de cinco días evacue el informe previsto en el artículo 4 de la Ley 26.854, expresando todo cuanto ponderen respecto de la pretensión cautelar.
3.- Ordenar la suspensión en forma interina (art. 4 ley 26.854) de la aplicación de la Resolución 28/2016 del Ministerio de Energía y Minería y Resolución 1/3733 del Enargas; ello hasta tanto se resuelva el incidente cautelar, o bien acontezcan hechos que tornen e impongan otro temperamento (art. 5 ley 26.854); manteniendo el suministro de gas correspondiente a los usuarios de la Ciudad de Río Grande. La empresa Camuzzi Gas del Sur S.A. deberá emita la facturación con los valores anteriores a la vigencia de aquellas resoluciones.