Ante los hechos acaecidos en los que estaría presuntamente involucrado el Dr. Marcelo Damián Guzmán, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia resolvió suspenderlo preventivamente de las funciones que ejerce en el Poder Judicial, quedando desafectado de toda actuación en el ámbito de este Superior Tribunal, sin perjuicio de garantizar los derechos alimentarios.
Los acontecimientos denunciados verían vulnerada la prescripción del inc. b) del art. 60 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial, que ordena: “…observar en el servicio y fuera de él, una conducta correcta, digna y decorosa acorde con su jerarquía y función”.
Sin perjuicio del estadio incipiente de la investigación que impone el resguardo del estado jurídico de inocencia, -dice la Resolución- debe tenerse en cuenta la gravedad de los hechos denunciados, la sensibilidad y complejidad de la tarea que desarrolla el funcionario, como así también los altos estándares que imponen la “Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” (CEDAW) y la “Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”.
Actuación jurisdiccional
El día 9 de agosto la mujer presentó la denuncia ante la Fiscalía a cargo del Dr. Nicolás Arias. Luego de tomarle declaración testimonial ese ministerio impulsó la acción penal.
Por su parte, el Juzgado de Instrucción Nº 1, a cargo del Dr. Javier De Gamas Soler, interviniente en la investigación, dispuso la producción de medidas de prueba y le fijó reglas de conductas, como la prohibición de acercamiento y comunicación hacia la víctima, su familia o testigos a una distancia menor de 100 metros.
El Juzgado de Familia y Minoridad Nº 2, a cargo del Dr. Marco Mellien ordenó medidas de protección y contención para la mujer y su familia.