La jueza comunicó a los partidos políticos la suspensión del acto electoral fijado para el 10 de noviembre en razón de lo resuelto por el Superior Tribunal.

En ese sentido manifestó la suspensión también del Cronograma Electoral, “es un documento esencial para la organización de los procesos electorales. Consiste en una línea de tiempo detallada que organiza y presenta los actos y procedimientos necesarios desde el inicio hasta la finalización del proceso electoral”.

“Todas las actividades y plazos se calculan en función de esta fecha –la del comicio- para asegurar el cumplimiento de requisitos legales y administrativos dentro de los plazos previstos”. En ese sentido resuelve la suspensión del cronograma.

“Si se determina una nueva fecha para la elección, se revisarán y ajustarán los plazos y eventos del cronograma”, concluye.