Fue en el fallo que cierra definitivamente la querella por calumnias e injurias que el Fiscal de Estado Martínez de Sucre llevaba sosteniendo hace 17 años contra el extinto senador José Martínez, y aún después de su muerte contra sus herederos, con la vergonzosa anuencia de todas las instancias del Poder Judicial Fueguino.
En julio del 2002 Martínez como integrante del directorio del entonces Ipauss, había cuestionado duramente al Fiscal de Estado por un dictamen en el que permitió que ingresara al Fondo Residual la deuda del Banco Tierra del Fuego con ese órgano previsional, que al paso del tiempo fue evidente quedó desfinanciado por tantas maniobras como estas.
Martínez de Sucre inició allí una querella por calumnias e injurias que ni siquiera se detuvo con la muerte del senador Martínez en un accidente automovilístico en 2011, continuando ese proceso aún contra sus herederos.
Esta vergonzante situación tuvo la anuencia del Poder Judicial fueguino en todas sus instancias; un juez de primera instancia que condenó al demandado a abonar la suma de $ 20.000 más intereses y costas como consecuencia de las declaraciones formuladas; una Sala Civil de la Cámara de Apelaciones que confirmó la misma, y finalmente un Superior Tribunal de Justicia que consideró, “los dichos del demandado tenían suficiente idoneidad dañosa y quedaban fuera de la causal de justificación”.
Un fallo que defiende la libre crítica a los funcionarios
Finalmente este 29 de octubre tras el recurso extraordinario interpuesto por los familiares de Martínez, la Corte Suprema por mayoría, con los votos de los jueces; Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti, revocó la vergonzosa sentencia del Superior Tribunal de Justicia fueguino.
“Las manifestaciones críticas, opiniones y/o juicios de valor se refieran al desempeño y/o conducta de un funcionario o figura pública en el marco de su actividad pública y se insertan en una cuestión de relevancia o interés público, en tanto no contengan epítetos denigrantes, insultos o locuciones injuriantes o vejatorias y guarden relación con el sentido crítico del discurso, deben ser tolerados por quienes voluntariamente se someten a un escrutinio riguroso sobre su comportamiento y actuación pública por parte de la sociedad y gozan de tutela constitucional”, fue el párrafo que deberá aprender este remedo de Poder Judicial con el que contamos los fueguinos.