El fallo resulta por demás sorprendente ya que coincide con el criterio adelantado por el mismo juez de Tolhuin en una entrevista radial brindada en mayo, en un claro “prejuzgamiento”. Asimismo la resolución que data del 8 de octubre tuvo una irregular notificación que impidió una apelación desde la fiscalía, quedando firme.
Se trata del caso que escandalizó respecto de los gastos llevados adelantes en el ejercicio del año 2019 por parte del hoy también concejal Matías Rodríguez Ojeda que incluían compra de ropa, víveres, asados, almuerzos en el shopping de Ushuaia y hasta chicles en un kiosco en Río Grande.
El Fiscal Mayor había imputado al actual presidente del Concejo Deliberante Matías Rodríguez Ojeda del delito de “malversación de caudales públicos”, así como a sus pares los concejales Marcelo Muñóz, Jeanette Alderete, Rosana Taberna y el concejal mandato cumplido Norberto Dávila, de “encubrimiento agravado”. El ex secretario administrativo Ezequiel Pacheco Huergo y el administrativo Luis Walter estaban también imputados por “negligencia o inobservancia de los reglamentos o deberes de su cargo”.
Ahora en una resolución firmada el 8 de octubre pasado por el juez de Tolhuin, José Silvio Pellegrino; se desestimó el requerimiento del Fiscal Mayor con argumentos que el propio juez ya había adelantado públicamente en entrevistas brindadas en el mes de mayo, en un prejuzgamiento que podría haber llevado a su recusación en la causa, cuestión que no ocurrió.
El increíble anticipo del criterio con que definiría la cuestión, planteaba por parte de Pellegrino que los concejales cometieron “desprolijidades administrativas pero no delito”. Y que el propio Concejo pidió opinión al Tribunal de Cuentas que recomendó denunciar, por lo que consideró, “la inexistencia de dolo (o intención)” dado que “se sometieron al contralor estatal de mayor grado”. Estos mismos argumentos los había anticipado en la entrevista.
Ante lo bochornoso de los gastos llevados adelante por el concejal con fondos públicos, el juez encontró como fundamento que; “los Gastos de representación y su uso por parte de los concejales beneficiarios sea parte de una discrecionalidad difícil de aceptar por el común de los ciudadanos; pero no es menos cierto que los imputados obraron conforme a derecho más allá de las críticas posibles respecto de la oportunidad y conveniencia del gasto”, en referencia a vestidos de mujer, asados, y todo tipo de gastos supérfluos realizados por el concejal Rodríguez Ojeda.
El Fiscal no recibió notificación y no pudo apelar
Increíblemente el fallo desde el día 8 de octubre permaneció en silencio siendo notificadas solamente las partes, por lo que la defensa de los imputados a cargo del Dr. Raúl Paderne esperó pacientemente los días de plazo hasta que la sentencia quedara firme, para darla a conocer a través de un medio colega.
Ello pareciera una maniobra articulada con otro detalle increíble que tuvo esta causa que fue la notificación a la fiscalía por mesa de entrada el mismo 8 de octubre en Tolhuin. Lo que nadie puede explicar fue como esa notificación nunca fue girada al Fiscal Mayor en Río Grande, quien de esa manera no pudo apelar por estar en desconocimiento de lo resuelto.
Sin embargo la medida del juez de desestimación del requerimiento fiscal no significa un “sobreseimiento” de los actores aquí imputados, ante lo cual desde la fiscalía no dan todo por perdido a futuro.