La medida fue dictada por el juez Daniel Cesari Hernández en relación al caso de la Dra. Cintya Zabala, quien fuera denunciada desde la propia institución hospitalaria y el ministerio de Salud en relación a su actuación sobre un paciente de 82 años que llegó en estado terminal a la guardia hospitalaria.

El hecho investigado tuvo lugar el 20 de noviembre del año pasado cuando el hombre con un cáncer terminal falleció en la guardia hospitalaria, y por dichos de uno de los enfermeros de la guardia se radicó la denuncia respecto del fármaco y tratamiento dispuesto para ese paciente.

La médica suministró Succinilcolina, una medicación que incluso llevó a la inferencia de que se pudo realizar una especie de “eutanasia”, siendo una de las primeras hipótesis que manejó la investigación.

Tras esto la Dra. Zabala fue suspendida del cargo e incluso hubo una fuerte polémica respecto de sus pergaminos profesionales y los “celos” que ello habría generado entre sus pares internamente, a dichos de su abogado.

La investigación y el exámen forense que hubo del procedimiento médico realizado, no encontraron ninguna cuestión susceptible de reproche penal, por lo que el juez dictó la “falta de mérito”.

A la vez de ello dispuso que todas las actuaciones médicas sean enviadas al cuerpo de peritos de la Corte Suprema de Justicia a fin de que emitan un informe sobre el procedimiento realizado por la profesional médica, a fin de tomar una resolución definitiva sobre su situación procesal.