El Jefe de la Policía Provincial, el comisario Nélson Moreyra, fue consultado al respecto del protocolo diseñado por el Ministerio de Seguridad de la Nación para el uso del arma de fuego policial, y la adhesión, o no, de las distintas provincias.
La tan mentada polémica en medios y redes sociales no parece ser tal, a la luz de que Moreyra entendió, “actualmente nos regimos por un antiguo protocolo al respecto, pero básicamente responde a lo que es la legítima defensa en el Código Penal”, dijo, entendiendo que no hay necesidad de una nueva norma aclaratoria de la función policial.
La resolución 956 del Ministerio de Seguridad de la Nación establece el uso de armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos, en casos como “en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves” y “para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas”.
La medida aplica también para detener a quien “represente peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, y “para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente”.
El nuevo reglamento asimismo no modifica el empleo de armas ante manifestaciones sociales continuando vigente el empleo de armas “no letales”.