La normativa autoriza a los expendedores de combustibles a adoptar el sistema de autodespacho de forma optativa, ya sea en forma total o combinada con el método tradicional asistido.

La Secretaría de Energía de la Nación oficializó el sistema de autodespacho de combustibles. A través de la Resolución 147/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional dio a conocer los requisitos que deben cumplir las estaciones de servicio para el autodespacho de combustible, estableciendo un procedimiento para la autorización de esta modalidad.

La normativa autoriza a los expendedores de combustibles a adoptar el sistema de autodespacho de forma optativa, ya sea en forma total o combinada con el método tradicional asistido. Para ello, deberán cumplir un procedimiento de autorización y respetar estrictas condiciones de seguridad.

Una vez autorizado, el establecimiento podrá operar bajo una de estas modalidades:

  • Autodespacho exclusivo, donde solo el cliente carga combustible.
  • Mixta simultánea, con áreas diferenciadas para autodespacho y carga asistida.
  • Mixta alternada, que alterna ambos sistemas en diferentes momentos del día.