A partir de hoy entró en vigencia la implementación de la receta electrónica, el sistema digital que apunta a convertirse en la única vía para la prescripción de medicamentos.

La nueva herramienta suplantará la receta de papel que, no obstante, seguirá vigente durante este año para casos excepcionales.

Además, evitará errores de interpretación por la escritura del profesional y facilitará la dispensa en farmacias.

La entrada en vigencia de este nuevo mecanismo no suplantará inmediatamente a la receta de papel, que permanecerá vigente como condición de excepción, sólo en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.

Asimismo, aquellas recetas emitidas en papel antes del 31 de diciembre de este año podrán ser utilizadas dentro de su período de vigencia habitual.

Para que tengan validez, las recetas electrónicas deberán contar con:

Identificación del profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio.

Código de barras en la receta.

Diagnóstico.

Fecha de emisión.

Firma digital del profesional.

Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo.

Descripción del medicamento con los siguientes detalles:

-Nombre genérico o denominación común internacional. Puede sumarse también el nombre comercial del medicamento que el profesional prescriptor sugiera.

-Presentación.

-Forma farmacéutica.

-Cantidad de unidades.

¿Qué deberá hacer el paciente?

Lo único que tendrá que hacer el paciente es acercarse a las farmacias con su DNI y/o credencial para requerir la medicación indicada.

revisión de sus planes de ley provincial (La Pampa, Neuquén, Formosa).