La dolorosa muerte del camarógrafo de Canal 13 ocurrida en marzo del año pasado, tuvo una conclusión judicial en la que no se determinó responsabilidad alguna por parte de los médicos intervinientes en su atención en los días previos a su deceso.
La jueza de instrucción 3 Cecilia Cataldo resolvió el rechazo del requerimiento fiscal a resultas del informe del perito forense en base a los análisis de las historias clínicas en los centros donde el camarógrafo de 43 años fue tratado en marzo de 2023 a días de su deceso.
La causa contó con una desventaja probatoria significativa que fue la cremación del cuerpo de José Manzilla previo a la radicación de la denuncia, por lo que la causa no pudo contar con una pericia de anatomía patológica, debiendo remitirse las pericias a la evaluación de las historias clínicas y estudios médicos realizados por los tratantes.
Todo ocurrió el 1 de marzo cuando Manzilla asistió a la guardia donde quedó internado en observaciones y se le realizaron estudios por dolor abdominal, vómitos y diarrea, estableciendo el forense que “los tratamientos brindados fueron los apropiados para las condiciones presentes al momento de la atención“. Los estudios no arrojaron evidencia de patología, indica la historia clínica, y se le brindaron “pautas de alarma” antes las cuales debía volver al servicio de guardia y se lo externó. Al día siguiente -2 de marzo- volvió para la consulta sin mayores novedades.
El 6 de marzo ingresó ya a la clínica Cemep con un cuadro de abdomen agudo con alteraciones que no se registraban en las primeras consultas por lo que el informe forense concluye “no era posible determinar a ciencia cierta y con certeza en que momento, desde la última atención recibida en el hospital y la consulta en la clínica, se produjo la situación que desencadenó el estado de salud”.
El perito determinó que la posible causal de la muerte de Mansilla se debió a una falla multi orgánica, producto de perforación del colon y peritonitis generalizada. En ese sentido el informe médico señala que ello no se visualizaba en las placas radiográficas realizadas al paciente en el hospital.
A causa de ese informe se rechazó el requerimiento fiscal y se sobreseyó a los médicos Ñanco, Moya y Escalante; al considerar que el hecho no constituye delito, cuestión que hasta este martes es pasible de ser apelada. Tanto el fiscal del caso o la querella representada por la familia de Mansilla ya habrían desistido de persistir en la acción penal.