El Tribunal de Juicio Oral falló en el proceso contra un sujeto de 41 años que ya poseía una condena cumplida por otro delito de abuso. En este caso habían solicitado 12 años de prisión, pero hoy se lo condenó solamente a 5 por que en uno de los hechos “por dichos de la víctima” no se pudo comprobar que hubiera “grave ultraje”.

El presidente del tribunal, el Dr. Daniel Borrone, explicó en la lectura del veredicto que la pena impuesta obedeció a “la declaración de la víctima” y “circunstancias” que surgieron de la misma.

Ese detalle fue agregado en razón de que el fiscal del caso el Dr. Pablo Candela había alegado pidiendo 12 años de prisión, sosteniendo que uno de los hechos era “gravemente ultrajante”.

Roberto Fabián Sosa fue condenado por dos hechos, cometidos en 2014 contra una menor de 7 años, que con este fallo fueron considerados como casos de “abuso sexual simple” en concurso entre sí.

En relación a ello, si bien aún se aguardan los fundamentos, trascendió que de la evaluación del hecho más grave, en el que la víctima sostenía que este sujeto le acercó su órgano sexual al rostro, cuando la menor estaba durmiendo, el mismo no fue considerado como “gravemente ultrajante”.

El propio dicho de la menor sostuvo que no hubo acceso oral, por lo que el “grave ultraje” es considerado similar al agravante “por acceso carnal”.

Al no haber existido penetración, el hecho quedó en el plano del “abuso simple” y en ello difirió la pena impuesta de la solicitada.

Finalmente ActualidadTDF dialogó con el fiscal del caso, el Dr. Pablo Candela, quien explicó en parte el fallo: