Se inspira en Justina Lo Cane, una niña que perdió la vida esperando un órgano. Cambia el criterio: la regla es la donación, quien debe informar es quien no quiera. La ley fue sancionada por unanimidad: 202 votos a favor, sin abstenciones.

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la llamada “ley Justina”, que establece que todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria.

El proyecto del senador Juan Carlos Marino había sido aprobado en el Senado, también por unanimidad, el 30 de mayo.

La ley toma el nombre de Justina Lo Cane, la nena de 12 años que falleció el año pasado, el 22 de noviembre, por no recibir un trasplante de corazón a tiempo. Los padres de Justina, Ezequiel y Paola, también sus hermanos y abuelos, siguieron la sesión en el Congreso.

La nueva ley regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la Argentina. Prevé que los establecimientos de salud habilitados para hacer trasplantes cuenten con servicios destinados a la donación, que permitirán detectar, evaluar y tratar al donante.

Hay unas 10.500 personas en la Argentina que esperan por un trasplante. Y sólo donan hasta ahora, 13 personas por cada millón de habitantes.

La ley habilita la donación cruzada en el caso de trasplante de riñón (con donante vivo). También explicita que podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos, a toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos.